El Fondo MIVIVIENDA S.A. cumple con publicar, según Oficio N° N° 2068-2025-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU el listado correspondiente al Grupo 66, con 23 expedientes técnicos aprobados del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a Riesgos Sísmicos, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 18 de la Resolución Ministerial N° 326-2018-VIVIENDA.
Requisitos para la Asignación y Desembolso del Bono
La ET presenta la solicitud de asignación y desembolso del Bono en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados desde la publicación de los expedientes técnicos aprobados, para tal efecto acompaña lo siguiente:
- Formulario de asignación debidamente suscrito por el elegible y la ET.
- Contrato de Reforzamiento.
- Declaración jurada y compromiso de los propietarios manifestando que la vivienda fue ejecutada por autoconstrucción
- Carta Fianza por un monto equivalente al valor del BPVVRS más el 5% del mismo, por concepto de gastos operativos del FMV
En caso la ET no presente la solicitud de asignación y desembolso dentro del plazo indicado, pierde el derecho a realizar la intervención en dicha vivienda, pudiendo la DGPPVU reasignar al elegible a otra ET.
El listado (ver anexo) adjunto incluye fecha de publicación por parte del FMV y el plazo final que tienen las ET para presentar las solicitudes de asignación y desembolso
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